Definiciones y presentaciones
El derecho humanitario es un conjunto de principios y tratados internacionales que delinean la conducta de las naciones que participan en guerras y cuyo objetivo es proteger a los combatientes y a los civiles afectados por conflictos armados. También se conoce como derecho de la guerra o derecho de los conflictos armados.
El derecho humanitario trata de limitar los efectos de los conflictos armados sobre los combatientes y los civiles definiendo sus derechos fundamentales. Los principios del derecho humanitario se encuentran en las Convenciones de Ginebra de 1949 y en las Convenciones de La Haya, además de otros acuerdos firmados por la mayoría de las naciones. Estos derechos se amplían en el Protocolo Adicional a las Convenciones de Ginebra de 1977. El Derecho Internacional Humanitario complementa el Derecho Internacional, que es un conjunto de normas que rigen las relaciones entre los Estados.
Lecturas destacadas
Cruz Roja: ¿Qué es el derecho internacional humanitario?
Descargue la hoja informativa que ofrece una descripción resumida de las fuentes, el contenido y el ámbito de aplicación del Derecho Internacional Humanitario.
Leer ahoraRendición de cuentas: cómo tratar a los combatientes ilegales
Carnegie Council El Presidente Joel Rosenthal abogó por el establecimiento de un mecanismo de rendición de cuentas para revisar los errores de apreciación política que se traducen en abusos en tiempos de guerra.
Leer ahoraCiviles y guerra: dilemas jurídicos y morales
Publicado en 2002, Anthony F. Lang, Jr detalla cómo puede haber cambiado el estatus de los civiles durante los conflictos militares en función de los acontecimientos en Afganistán y Oriente Medio en ese momento.
Leer ahora¿Quién es un prisionero de guerra?
Lea el recurso de BBC News de 2002 en el que se detalla la definición de prisionero de guerra de la Convención de Ginebra y los precedentes de los que se nutre la definición.
Leer ahoraSuscríbase a nuestro boletín de acciones y perspectivas éticas.
Terminología adicional
Principio de distinción
El principio de distinción se establece en el artículo 48 del Protocolo I del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1977, que establece que "Las partes en conflicto distinguirán en todo momento entre la población civil y los combatientes y entre los bienes de carácter civil y los objetivos militares y, en consecuencia, dirigirán sus operaciones únicamente contra objetivos militares." En los conflictos armados, este principio prohíbe el uso de armas indiscriminadas y el uso de armas legales de forma indiscriminada.
Armas indiscriminadas
Las armas indiscriminadas son difíciles de apuntar o tienen efectos difíciles de controlar. Pocas armas son intrínsecamente indiscriminadas; sin embargo, esto podría cambiar fácilmente a medida que se desarrollen nuevas tecnologías de lucha bélica.
Uso indiscriminado de armas legales
El uso indiscriminado de armas legales se refiere al uso de armas legales que no están debidamente dirigidas o que apuntan indistintamente a objetos y/o poblaciones civiles y militares. Existen tres criterios para determinarlo: discriminación, proporcionalidad y deber de diligencia. Los artículos 51 a 58 del Protocolo I definen con más detalle estos criterios y la cuestión del uso indiscriminado de armas contra objetivos civiles.
Prisioneros de guerra
Los combatientes "que hayan caído en poder del enemigo" son considerados prisioneros de guerra (POW, por sus siglas en inglés). El derecho internacional establece los derechos generales, la protección y el trato de los prisioneros de guerra mientras se encuentran en cautiverio o internados. Según el Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (1949), los prisioneros de guerra también incluyen a los miembros de las fuerzas armadas, los cuerpos de voluntarios, las milicias, los acompañantes de las fuerzas armadas y los civiles o habitantes de una zona que toman las armas para resistir a las fuerzas invasoras. El Protocolo I (1977) proporciona información adicional relacionada con la definición y el trato de los prisioneros de guerra.